En el día de ayer Tribunal Constitucional de la República Dominicana, declaró y afirmo que el castigo para aquellos que violan la ley de transito en nuestro país es la multa penal y no la retención de los vehículos en lo que circulan los ciudadanos.
De igual manera manifestó que el debido procedimiento especial y único para las contravenciones establecido en el código penal de la república dominicana es la toma de datos, la detención, y por ultimo mediante un formulario proceder con el hecho.
Dicho formulario se utiliza como acta de acusación o también requerimiento de un proceso o enjuiciamiento para presentar ante el Tribunal Especial de Tránsito al ciudadano que violento la ley de transito numero 241.
Pero en caso de que ningún familiar o amigo se presente, las autoridades estarían autorizada de remover el vehículo a un lugar visible desde el punto de remoción y hábil para estacionar, según informa el Tribunal.
Fuente: Listin Diario
No hay comentarios.:
Publicar un comentario